Tras la reunión del Consejo de Ministros del 22 de Mayo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio publicó el pasado sábado 23 de Mayo a través del B.O.E., el “Real Decreto 898/2009, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos.” Estas subvenciones están dirigidas a la adquisición de vehículos nuevos y usados de hasta cinco años de antigüedad de la categoría M1* (turismos) y N1** (comerciales ligeros de menos de 3.500 kg.), siempre que la adquisición vaya acompañada de la baja definitiva de un vehículo de más de diez o doce años, según los casos.

La financiación del Plan se realizará con cargo a los presupuestos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para los ejercicios 2009 y 2010 y podrá contar con otras aportaciones de las comunidades autónomas y del sector de fabricantes de automóviles. Las ayudas, que se concederán a las adquisiciones de vehículos que se realicen desde el 18 de Mayo de 2009 hasta el 18 de Mayo de 2010, o hasta completar 200.000 operaciones, consistirán en 500 euros por vehículo para la adquisición de vehículos de categoría M1 y de categoría N1 que reúnan las características establecidas y para vehículos nuevos, estarán condicionadas al otorgamiento de una ayuda de 1.000 euros por vehículo por parte del fabricante o importador del nuevo vehículo adquirido. Estas ayudas no quedarán condicionadas al otorgamiento de la ayuda por parte de la respectiva Comunidad Autónoma, que podrá decidir voluntariamente participar o no en el Plan y fijar condiciones concretas para dicha ayuda.

Los requisitos establecidos en el Real Decreto para este PLAN son los siguientes:

  • Aplicable a vehículos nuevos o usados de hasta 5 años de antigüedad con un valor máximo de 30.000 euros I.V.A. incluido.
  • Los turismos a adquirir deberán tener:
  • Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr./Km (Vehículo ecológico), o
  • Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras (vehículo innovador), o
  • Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que además incorporen un catalizador de tres vías para vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diesel.
  • Los vehículos comerciales ligeros a adquirir deberán tener emisiones de CO2 no superiores a 160 gr./Km.
  • Para poder beneficiarse de esta ayuda el beneficiario deberá entregar en un desguace (CAT) y dar de baja definitiva un vehículo de su propiedad de 10 años de antigüedad mínima o kilometraje superior a 250.000 km., si va adquirir un vehículo nuevo, o de 12 o más años, si va a adquirir un vehículo usado de hasta 5 años de antigüedad.

* M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros).

** N1: Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías).

MADRID, 26 DE MAYO DE 2009