En el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) de 8 de julio de 2009 se ha publicado el “Real Decreto 1081/2009, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por el que se regula la concesión de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E del plan para la renovación del parque de vehículos de dos ruedas”. Estas subvenciones están dirigidas a la adquisición de ciclomotores y motocicletas nuevas
Para poder obtener la ayuda, será requisito necesario que el beneficiario dé de baja definitiva, mediante Certificado de Tratamiento Medioambiental por parte del desguace (Centro Autorizado de Tratamiento), un ciclomotor o motocicleta matriculado en España de acuerdo con los siguientes criterios:
Asimismo, será requisito necesario que el precio de adquisición del vehículo de dos ruedas nuevo no supere los 9.500 euros, IVA incluido, impuesto de matriculación excluido y antes de aplicar ninguna de las ayudas recogidas en el citado real Decreto.
No será subvencionable la adquisición de motocicletas de más de 74 kW (100 CV) que tengan una relación potencia/peso igual o superior a 0,66.
Las ayudas para la adquisición de un ciclomotor o motocicleta vehículo previstas se otorgarán por una sola vez, sin que quepa duplicidad en caso de sucesivas transmisiones del mismo vehículo.
La financiación del Plan se realizará con cargo a los presupuestos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para los ejercicios 2009 y 2010 y podrá contar con otras aportaciones de las comunidades autónomas. Se establecen tres tramos para determinar la cuantía individual de la ayuda, dependiendo del vehículo a adquirir:
MADRID, 10 DE JULIO DE 2009